Controles sanitarios en aeropuertos y puertos antes de entrar en España

SALUD PÚBLICA. COVID-19





Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país

Medidas adoptadas tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (

La mencionada norma producirá sus efectos a partir de su publicación en el BOE y mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Control rutinario de temperatura

  1. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5 ºC.
  2. La toma de la temperatura debe hacerse mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas.
  3. Las compañías navieras, bajo la supervisión de Sanidad Exterior, deberán tomar la temperatura a los pasajeros en viaje internacional antes de su llegada a puerto español.

Control documental

Todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera del territorio español, deberán cumplimentar un formulario de salud pública (vía electrónica, o en su defecto, excepcionalmente a su llegada a España, en formato papel) denominado

Todas las personas que vayan a viajar a España deberán cumplimentarlo antes de iniciar su viaje a través de la dirección de internet:

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente o como parte de un viaje combinado, deberán:

  1. Informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a España, de la obligatoriedad de presentar el "Formulario de control sanitario" en el aeropuerto o puerto de destino.
  2. Asegurarse de que todos los pasajeros disponen de los "Formularios de control sanitario" debidamente cumplimentados antes de su llegada a España, bien por vía electrónica a través de la aplicación SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH, o bien en formato papel cuando, de manera excepcional, no se hubiera podido cumplimentar por vía electrónica.

Las compañías de transporte aéreo o marítimo una vez en espacio aéreo o marítimo español deberán recordar a los pasajeros antes de llegar a su destino la obligatoriedad de presentar el "Formulario de control sanitario" a la llegada.


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