Evitar armas biológicas


La creación de un Plan Nacional de Biocustodia como mecanismo de prevención y control de toxinas y microorganismos patógenos que pudieran ser objeto de armas biológicas resulta de vital importancia para cualquier país.

Publicada el 23 de febrero de 2019, en el Boletín Oficial del Estado español, la Orden PCI/168/2019, de 22 de febrero, por la que se publica el Plan Nacional de Biocustodia, aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional.

En base a las pautas establecidas en dicha normativa, se establece la elaboración de un inventario nacional que permita controlar patógenos y toxinas utilizadas en el campo de la investigación y/o diagnóstico. En el mismo deberá determinarse el tipo de patógeno o toxina y su grado de virulencia o peligrosidad, adaptando su custodia al grado de patogenicidad e indicándose las medidas de seguridad necesarias.

De igual modo, y entre otras premisas descritas en dicha norma, destacar que las instalaciones donde se encuentren los patógenos o toxinas y el personal con acceso directo a éstas, requerirán habilitación especial de seguridad de forma que se asegure la correcta custodia y manipulación del material biológico. 

También se establecerá un sistema de control para prevenir y, en su caso, detectar los supuestos de sustracciones, ataques terroristas, uso indebido y accidentes.


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