Ensayos de sensibilización cutánea - REACH



Publicado el Reglamento (UE) 2017/706, 19 de abrilde 2017, que modifica el anexo VII del Reglamento REACH, respecto a la sensibilización cutánea, y que deroga el Reglamento (UE) 2016/1688 (Será aplicable a partir del 11 de octubre de 2016).
En el anexo VII, el punto 8.3 del Reglamento REACH (1907/2006) se sustituye por el texto establecido en la citada norma, respecto a:
«8.3.  Sensibilización cutánea:
Información que permita
— determinar si la sustancia es un sensibilizante cutáneo y si cabe suponer que puede generar una sensibilización significativa en las personas (categoría 1A), y
 — realizar una evaluación del riesgo, en caso necesario.
8.3.1.  Sensibilización cutánea, in vitro/in chemico:
Información obtenida tras la realización del método o métodos de ensayo in vitro/in chemicoreconocidos con arreglo al artículo 13, apartado 3, en relación con cada uno de los eventos clave de sensibilización cutánea:
a)  interacción molecular con las proteínas de la piel
b)  respuesta inflamatoria en el queratinocito
c)  activación de las células dendríticas
8.3.2.  Sensibilización cutánea, in vivo.
Para más información ver anexo.

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