Actualización del sistema de precios de referencia de los medicamentos en el SNS


Mediante la citada norma se establecen los nuevos conjuntos de referencia, los precios de referencia de las presentaciones de medicamentos y la revisión de los precios de referencia de las presentaciones de medicamentos incluidas en conjuntos previamente existentes.

  • En el anexo 1 de esta orden se establecen los conjuntos de referencia de presentaciones de medicamentos dispensables por oficinas de farmacia a través de receta médica oficial u orden de dispensación, con indicación del precio industrial de referencia y PVPIVA de referencia fijado para cada presentación. 

Conjuntos de nueva creación los enumerados del C-427 al C-465 del citado anexo. 

  • Anexo 2: Se establece la relación de los conjuntos de referencia de presentaciones de medicamentos de ámbito hospitalario y presentaciones en envase clínico, con indicación del precio industrial de referencia fijado para cada presentación. 

Conjuntos de nueva creación los enumerados del H-99 al H-107 y del EC-138 al EC-141.

  • Anexo 3, se relacionan todos los conjuntos de referencia de medicamentos con indicación del precio de referencia de cada conjunto (PRC), identificando la presentación de medicamento cuyo coste/tratamiento/día (CTD) ha determinado el mismo. 

También se incluye la información de las dosis diarias definidas (DDD) de cada conjunto de referencia de medicamentos utilizadas para el cálculo del coste/tratamiento/ día (CTD) de las presentaciones de medicamentos integradas en el mismo.

  • Anexo 4: Relación de los conjuntos de referencia de medicamentos suprimidos, con indicación del motivo para su supresión.

  • Anexo 5: Relación de las presentaciones de medicamentos declaradas como innovaciones galénicas de interés terapéutico con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, excluidas del sistema de precios de referencia, cuya declaración como innovación galénica expira con posterioridad a la fecha de efectos de esta orden.

  • Anexo 6: Relación de las presentaciones de medicamentos y sus licencias para las que no se ha formado conjunto de referencia de conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del citado real decreto.

  • Anexo 7: Relación de las presentaciones de medicamentos con indicación del conjunto de referencia en el que se integrarán y el precio industrial de referencia para cada presentación.





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