¿Dispones de Sistema de Autocontrol?

Establecimientos de Restauración.



Todo operador de empresa alimentaría tiene la obligación legal de elaborar, documentar e implantar en su establecimiento alimentario un sistema de autocontrol.

Se define legalmente “Sistema de Autocontrol”, como el conjunto de actuaciones, procedimientos y controles que, de forma específica y programada, se realizan en la empresa del sector alimentario para asegurar que los alimentos desde el punto de vista sanitario, son seguros para el consumidor.

El sistema de autocontrol debe documentado, y estar formado con carácter general, por los Planes Generales de Higiene (Prerrequisitos) y el Plan de Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos (APPCC).


  • Plan de control de temperaturas
  • Plan de limpieza y desinfección
  • Plan de formación de manipuladores
  • Plan de trazabilidad
  • Plan de control de plagas
  • Plan de mantenimiento de instalaciones, equipos y útiles
  • Plan de control del agua apta para el consumo humano
  • Plan de eliminación de residuos
  • Registros de incidencias y acciones correctoras


Actividades incluidas en el Sector de Restauración: Bares, cafeterías, restaurantes, ventas de carretera, hoteles, establecimientos de servicios de comidas, asadores de pollo, pizzerías y hamburgueserías.

MPCsalud en colaboración con expertos independientes elabora e implanta de forma inmediata el documento de autocontrol en tu empresa alimentaria.

Solicita información sin compromiso. 

Comentarios

Entradas populares de este blog

5 cosas que debes saber del fármaco Senshio®

Conoce las funciones básicas de un Director Técnico Farmacéutico

Test 'crisis alimentaria'