La carta de un restaurante debe indicar la presencia de alérgenos

De obligado cumplimiento el artículo 44.1 del Reglamento (UE) 1169/2011 de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. Se establece que en el caso de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, o en el caso de los alimentos envasados en los lugares de venta a petición del comprador o envasados para su venta inmediata, es obligatorio indicar:

Todo ingrediente o coadyuvante tecnológico, o que derive de una sustancia o producto que figure en la siguiente lista (*), causante de alergias o intolerancias, y se utilice en la fabricación o la elaboración de un alimento y siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en una forma modificada.


(*) Sustancias o productos causantes de alergias o intolerancias alimentarias:

1. Cereales que contengan gluten, a saber: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados, salvo:
  • jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa,
  • maltodextrinas a base de trigo,
  • jarabes de glucosa a base de cebada, y
  • cereales utilizados para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola.
2. Crustáceos y productos a base de crustáceos.

3. Huevos y productos a base de huevo.

4. Pescado y productos a base de pescado, salvo:
  • gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides, y
  • gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.

6. Soja y productos a base de soja, salvo:
  • aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados,
  • tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja,
  • fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja, y
  • ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.
7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa), salvo:
  • lactosuero utilizado para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola, y
  • lactitol.
8. Frutos de cáscara.

9. Apio y productos derivados.

10. Mostaza y productos derivados.

11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.

12. Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o
10 mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos.

13. Altramuces y productos a base de altramuces.

14. Moluscos y productos a base de moluscos.

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