Parabenos en productos cosméticos
No deben utilizarse en productos que no se aclaran concebidos para la zona del pañal de niños menores de tres años.
Será aplicable a partir del 16 de abril de 2015.
Los parabenos están regulados como conservantes en el anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009, con la denominación de “ácido p-hidroxibenzoico, sus sales y sus ésteres” con una concentración máxima del 0,4 % para un solo éster y del 0,8 % para las mezclas de ésteres.
La Comisión Europea considera que el uso continuado de butilparabeno y propilparabeno en las condiciones actuales puede ser un riesgo potencial para la salud humana. Por tanto, se considera que las condiciones para su uso deben alinearse con las recomendaciones del CCSC (Comité Científico de los Productos de Consumo).
Ácido p-hidroxibenzoico, sus ésteres de metilo y de etilo y sus sales:
- 4-Hydroxybenzoic acid
- methylparaben
- potassium ethylparaben
- potassium paraben
- sodium methylparaben
- sodium ethylparaben
- ethylparaben
- sodium paraben
- potassium methylparaben
- calcium paraben
Concentración máxima en el producto preparado para el uso:
- 0,4 % (de ácido) para un solo éster.
- 0,8 % (de ácido) para las mezclas de ésteres.
4-hidroxibenzoato de butilo y sus sales / 4-hidroxibenzoato de propilo y sus sales:
- Butylparaben
- propylparaben
- sodium propylparaben
- sodium butylparaben
- potassium butylparaben
- potassium propylparaben
Concentración máxima en el producto preparado para el uso:
- 0,14 % (de ácido) para la suma de las concentraciones individuales
- 0,8 % (de ácido) para las mezclas de las sustancias mencionadas en las entradas 12 y 12bis, cuando la suma de las concentraciones de butylparaben y propylparaben y sus sales no exceda del 0,14 %.
Reglamento (UE) 1004/2014 de la Comisión de 18 de septiembre de 2014 por el que se modifica el anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos.
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