Comprar medicamentos en internet



Se entiende como venta a distancia al público de medicamentos a través de página Web, a la entrega a título oneroso de medicamentos adquiridos, a través de servicios de la sociedad de información mediante un sitio Web de una oficina de farmacia.

Es el farmacéutico quien realiza la dispensación de los medicamentos, quien informa y realiza el seguimiento de los tratamientos farmacológicos de los usuarios. Tradicionalmente los medicamentos se adquieren en las oficinas de farmacias. Nuevos cambios en la venta de medicamentos.

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (transposición de la Directiva 2000/31/CE de 8 de junio), establece en su disposición adicional segunda, que la prestación de servicios de la sociedad de la información relacionados con los medicamentos y los productos sanitarios se regirá por lo dispuesto en su legislación específica.

La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, limitó la venta por procedimientos telemáticos a los medicamentos no sujetos a prescripción. Esta modalidad de venta se desarrolla a través del Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios Web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

El objeto de la nueva norma es regular la venta legal al público, realizada a distancia, de medicamentos de uso humano elaborados industrialmente no sujetos a prescripción médica, a través de sitios Web de oficinas de farmacia. Excluyendo los medicamentos veterinarios.

En ningún caso se podrá vender a través de la Web de una farmacia:
  • Los preparados oficinales.

  • Los medicamentos que no hayan sido autorizados de acuerdo a la normativa aplicable.


Queda prohibida la venta de medicamentos a través de otros servicios de la sociedad de la información distintos a los regulados en dicha norma.

Condiciones de la venta a distancia al público.
  • Únicamente podrán llevar a cabo la venta a distancia de medicamentos mediante página Web, a aquellas oficinas de farmacia abiertas legalmente al público que hayan notificado dicha actividad a la autoridad competente (al menos quince días antes del inicio de la actividad).

  • La venta debe ser realizada con la intervención de un farmacéutico, desde su oficina de farmacia, previo asesoramiento personalizado conforme la norma, debiendo  cumplirse la normativa aplicable a los medicamentos objeto de venta.

  • La venta de medicamentos únicamente puede realizarse directamente desde la oficina de farmacia responsable de la dispensación, sin intervención de intermediarios.

  • No podrán realizarse regalos, premios, obsequios, concursos, bonificaciones o actividades similares como medios vinculados a la promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios Web, sin perjuicio de los descuentos sobre el precio de venta que se contemplen en la legislación vigente.

Requisitos aplicables a los sitios Web de las farmacias.

El sitio Web debe disponer de un nombre de dominio registrado por el titular de la farmacia en los registros establecidos al efecto. La responsabilidad del contenido del sitio Web es del titular (titulares, en su caso) de la oficina de farmacia.

La promoción y publicidad de la farmacia y su sitio Web, en cualquier medio o soporte, incluyendo la realizada en buscadores o redes sociales, estará sometida a la inspección y control por las autoridades competentes. En ningún caso los nombres utilizados podrán inducir a error o crear falsas expectativas sobre posibles beneficios del estado de salud.

El sitio Web que ofrezca los medicamentos contendrá como mínimo la siguiente información, que deberá ser accesible por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita:

  • Los datos de contacto de la autoridad sanitaria competente (autonómica), encargada de su supervisión, a la que se haya notificado la actividad.

  • Un enlace a los sitios Web oficiales de las autoridades competentes de su comunidad autónoma y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

  • El logotipo común identificativo (según modelo oficial) deberá estar claramente visible en cada una de las páginas del sitio Web relacionadas con la oferta al público de medicamentos por venta a distancia.

  • Los datos de autorización administrativa de la farmacia, código oficial o número de autorización y el número de identificación fiscal que le corresponda.

  • El nombre del titular (titulares), los datos del Colegio profesional al que pertenezcan y los números de colegiado.

  • La dirección física de la oficina de farmacia, su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con la misma una comunicación directa y efectiva.

  • Información sobre vacaciones o periodos de cierre en los que no estará disponible el servicio.

  • Tiempo estimado para la entrega de los medicamentos solicitados.

  • Un enlace al centro CIMA (Centro de información de medicamentos de la página Web de la AEMPS).

  • Los precios de los medicamentos que se oferten con indicación de si incluyen o no los impuestos aplicables, así como información sobre el precio del servicio de envío.

  • En su caso, los códigos de conducta a los que esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.


La Web no podrá ofrecer o enlazar a herramientas de autodiagnóstico o automedicación que obvien el obligado asesoramiento del farmacéutico.

Las páginas Web de las oficinas de farmacia deberán satisfacer los criterios de accesibilidad al contenido para personas con discapacidad previstos en la disposición adicional quinta de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y en el resto de normativa vigente aplicable.

Requisitos de la dispensación de medicamentos sin receta.

Los pedidos de dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica (sin receta médica) se realizarán directamente a la oficina de farmacia, a través del sitio Web habilitado al efecto por ésta.

Para ser válido, el pedido deberá incluir los siguientes datos de contacto del comprador: Nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico y dirección postal, para permitir al farmacéutico responsable de la dispensación ponerse en contacto con el comprador si se considerase oportuno, remitirle la información correspondiente sobre el tratamiento que permita su correcto uso y realizar el envío.

La farmacia podrá habilitar cuestionarios a rellenar por parte del público para la identificación del medicamento solicitado así como cualquier otra información relevante con el fin de asegurar un buen uso del mismo. En todo caso, informará al interesado acerca del tratamiento de sus datos y recabará su consentimiento expreso en los términos previstos en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

Las farmacias dispondrán de una registro de los pedidos suministrados (conservación duración mínima de 2 años), con referencia a la identificación del medicamento, la cantidad dispensada, la fecha de envío, los datos del comprador, incluyendo la dirección de entrega y el farmacéutico responsable de la dispensación.

La actuación profesional del farmacéutico es requisito inexcusable para la dispensación al público de medicamentos también a través de sitios Web.

El farmacéutico responsable de la dispensación podrá solicitar, al usuario del medicamento, empleando los datos de contacto que éste haya facilitado al hacer el pedido, la información adicional que juzgue relevante para orientar, aconsejar e instruir sobre su correcta utilización. Deberá asegurarse que el usuario recibe información adecuada y responder a las solicitudes de información que sobre el uso del medicamento éste le haga llegar.

El farmacéutico responsable de la dispensación deberá asimismo valorar la pertinencia o no de la dispensación de medicamentos, especialmente ante solicitudes de cantidades que excedan las empleadas en los tratamientos habituales, peticiones frecuentes o reiteradas, que indiquen la posibilidad de que se realice un mal uso o abuso de los medicamentos objeto de venta.

La entrega al usuario del medicamento irá acompañada de la información necesaria para que el usuario pueda utilizar el servicio de seguimiento farmacoterapéutico por parte del farmacéutico.

Transporte y entrega al consumidor.

El suministro de los medicamentos desde la farmacia dispensadora hasta el domicilio indicado por el consumidor será responsabilidad de la oficina de farmacia. En todo momento, hasta la entrega al consumidor debe garantizarse la integridad de los medicamentos.

En el caso del transporte de medicamentos por terceros, debe existir un contrato donde estarán establecidas las responsabilidades de cada una de las partes y las condiciones del servicio y las previsiones exigidas por la normativa de protección de datos de carácter personal.

El farmacéutico responsable deberá informar al transportista contratado de las condiciones de transporte requeridas y deberá asegurarse de que se garantiza el mantenimiento de dichas condiciones durante el transporte.

Devoluciones.
  • La farmacia no podrá aceptar devoluciones de los medicamentos una vez hayan sido dispensados y entregados al cliente, salvo de aquellos medicamentos que hayan sido suministrados por error, no se correspondan con el pedido o hayan sido dañados durante el transporte. 

  • En todos los casos los medicamentos devueltos irán destinados a su destrucción, a través de los sistemas integrados de gestión de residuos existentes.

  • El consumidor/usuario tendrá derecho a la devolución del medicamento y el reintegro del importe pagado en el caso de que el plazo de entrega superase el 50% del tiempo establecido en la compra por causas no imputables al mismo.


Comentarios

Entradas populares de este blog

5 cosas que debes saber del fármaco Senshio®

Conoce las funciones básicas de un Director Técnico Farmacéutico

Test 'crisis alimentaria'