Venta de medicamentos a través de internet



Requisitos aplicables al sitio web de una oficina de farmacia

El reciente Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, regula la venta a distancia al público de medicamentos a través de una web, únicamente medicamentos no sujetos a prescripción médica.

¿Qué requisitos debe cumplir el sitio web de una oficina de farmacia?

1. El nombre de dominio tiene que haber sido registrado por el titular o los titulares de la oficina de farmacia, siendo responsable/s del contenido del sitio web.

2. La promoción y publicidad de la farmacia y su sitio web, en cualquier medio o soporte, incluyendo la realizada en buscadores o redes sociales deberá ajustarse a la normativa vigente. En ningún caso los nombres utilizados podrán inducir a error o crear falsas expectativas sobre posibles beneficios del estado de salud.

La promoción y publicidad de la farmacia y su sitio web, en cualquier medio o soporte, incluyendo la realizada en buscadores o redes sociales, estará sometida a la inspección y control por las autoridades competentes. 

3. El sitio web que ofrezca los medicamentos contendrá como mínimo la siguiente información, que deberá ser accesible por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita:

  • Los datos de contacto de la autoridad sanitaria competente, encargada de su supervisión, a la que se haya notificado la actividad.

  • Un enlace al sitio web de las autoridades competentes de su comunidad autónoma, y al sitio web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

  • El logotipo común (establecido en la normativa europea) deberá estar claramente visible en cada una de las páginas del sitio web relacionadas con la oferta al público de medicamentos por venta a distancia. El logotipo común tendrá un enlace a la mención de la oficina de farmacia en los listados establecidos.

  • Los datos relativos al régimen de autorización administrativa de la oficina de farmacia, incluyendo su código oficial o número de autorización y el número de identificación fiscal que le corresponda.

  • El nombre del titular o titulares de la misma, los datos del Colegio profesional al que pertenezcan y los números de colegiado.

  • La dirección física de la oficina de farmacia, su dirección de e-mail y cualquier otro dato que permita establecer con la misma una comunicación directa y efectiva.

  • Información sobre vacaciones o periodos de cierre en los que no estará disponible el servicio.

  • Tiempo estimado para la entrega de los medicamentos.

  • Un enlace al centro de información CIMA.

  • Los precios de los medicamentos que se oferten con indicación de si incluyen o no los impuestos aplicables, e información sobre el precio del servicio de envío.

  • En su caso ,los códigos de conducta a los que esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.


4. La web no podrá ofrecer o enlazar a herramientas de autodiagnóstico o automedicación que obvien el obligado asesoramiento del farmacéutico.

5. La información contenida en el sitio web de la oficina de farmacia será clara, comprensible y de fácil acceso para el usuario. 

6. La página web de la oficina de farmacia deberá satisfacer los criterios de accesibilidad al contenido para personas con discapacidad (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico) y en el resto de normativa vigente aplicable.

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