¡Recordatorio! Plazo límite para la aplicación del Reglamento IAC
Se agota el plazo para cumplir el 'Reglamento IAC'. A partir del 13 de diciembre de 2014, todos los operadores de empresas alimentarias deberán cumplir las especificaciones establecidas respecto a la información alimentaria facilitada al consumidor. El etiquetado y la información de todos los alimentos destinados al consumidor final deben adaptarse a la nueva reglamentación europea.
Con fecha 25 de octubre de 2011, el Parlamento Europeo y el Consejo aprueban el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor (Reglamento IAC). El Reglamento IAC modifica las disposiciones de etiquetado de los alimentos antes vigentes en la Unión Europea (UE) para permitir a los consumidores elegir con conocimiento de causa y utilizar los alimentos de forma segura, garantizando al mismo tiempo la libre circulación de los alimentos producidos y comercializados legalmente.
Se define “información alimentaria”, a la información relativa a un alimento y puesta a disposición del consumidor final por medio de una etiqueta, otro material de acompañamiento, o cualquier otro medio, incluyendo herramientas tecnológicas modernas o la comunicación verbal.
La nueva información alimentaria facilitada debe proporcionar al consumidor las bases para tomar las decisiones con conocimiento de causa y utilizar los alimentos de forma segura.
El Reglamento IAC entró en vigor el 12 de diciembre de 2011 y será aplicable a partir del 13 de diciembre de 2014, con la excepción de las disposiciones relativas a la información nutricional, que serán aplicables a partir del 13 de diciembre de 2016.
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