5-IT: Nueva sustancia psicotrópica




Debido a sus propiedades estimulantes, y efectos alucinógenos, el riesgo para la salud, y a que actualmente carece de valor o uso médico conocido, establecido o reconocido, es preciso controlar la sustancia 5-IT. Se incluye dicha sustancia en la lista I del anexo I del Real Decreto 2829/1977.

En la actualidad, no existen medicamentos autorizados en España que contengan la mencionada sustancia.

De igual modo, se transfiere de la lista IV a la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, la sustancia ácido gamma-hidroxibutírico (GHB), así como las sales que de la misma sea posible su formación.

A partir de la entrada en vigor de esta orden, fabricantes, importadores, exportadores, distribuidoras o dispensadoras de dichas sustancias, adecuarán sus actuaciones a las exigencias legales que para los productos psicotrópicos de las listas I y II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, y la Orden de desarrollo de 14 de enero de 1981.

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