Sistema Español de Cosmetovigilancia

Proyecto de Real Decreto sobre cosméticos


El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está trabajando en el Proyecto de nuevo Real Decreto sobre productos cosméticos.

Desde el 11 de julio de 2013 es de aplicación el Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre, sobre los productos cosméticos.

Aunque dicho reglamento es de aplicación directa en toda la UE, es preciso regular a nivel nacional los aspectos que la norma comunitaria deja a los Estados miembros. Por ello, la futura norma que precisa cuestiones tales como los organismos competentes para la supervisión del mercado o las facultades de inspección y adopción de medidas de protección de la salud que corresponden a estas autoridades.

Esta norma tendrá por objeto regular:

1. Las autoridades competentes en materia de productos cosméticos
2. Las normas complementarias en relación con el Reglamento (CE) 1223/2009, entre otras:
  • La lengua nacional.
  • Las normas en relación con el etiquetado de los artículos que se presenten sin envase previo.
  • Los procedimientos para la comunicación y transmisión de información en caso de riesgo.
  • Los procedimientos para la comunicación y transmisión de los efectos graves no deseados.
  • Las actividades de control del mercado para la supervisión del cumplimiento del Reglamento (CE) 1223/2009.

3.- El Sistema Español de Cosmetovigilancia.
4.- La Declaración Responsable de actividades de fabricación e importación de productos cosméticos. 
5.- El comercio exterior de productos cosméticos.
6.- Las facultades de inspección y adopción de medidas de protección de la salud. 
7.- El Comité de Cosméticos y Productos de Cuidado Personal.

Este real decreto se aplicará a:
  • Los productos cosméticos.
  • Las actividades de fabricación e importación de cosméticos.
  • Las personas físicas o jurídicas que fabriquen, introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan, importen, vendan o utilicen cosméticos en el territorio español.

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