Sistema Español de Cosmetovigilancia
Proyecto de Real Decreto sobre cosméticos
El Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad está trabajando en el Proyecto de nuevo Real
Decreto sobre productos cosméticos.
Desde
el 11 de julio de 2013 es de aplicación el Reglamento (CE) nº 1223/2009 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre, sobre los productos
cosméticos.
Aunque dicho reglamento es de aplicación directa en toda la UE , es preciso regular a nivel nacional los aspectos que la norma
comunitaria deja a los Estados miembros. Por ello, la futura norma que precisa
cuestiones tales como los organismos competentes para la supervisión del
mercado o las facultades de inspección y adopción de medidas de protección de la
salud que corresponden a estas autoridades.
Esta norma tendrá por
objeto regular:
1. Las autoridades
competentes en materia de productos cosméticos
2. Las normas
complementarias en relación con el Reglamento (CE) 1223/2009,
entre otras:
- La lengua nacional.
- Las normas en relación con el etiquetado de los artículos que se presenten sin envase previo.
- Los procedimientos para la comunicación y transmisión de información en caso de riesgo.
- Los procedimientos para la comunicación y transmisión de los efectos graves no deseados.
- Las actividades de control del mercado para la supervisión del cumplimiento del Reglamento (CE) 1223/2009.
3.- El Sistema Español de
Cosmetovigilancia.
4.- La Declaración Responsable de actividades de
fabricación e importación de productos cosméticos.
5.- El comercio exterior
de productos cosméticos.
6.- Las facultades de
inspección y adopción de medidas de protección de la salud.
7.- El Comité de
Cosméticos y Productos de Cuidado Personal.
Este real decreto se
aplicará a:
- Los productos cosméticos.
- Las actividades de fabricación e importación de cosméticos.
- Las personas físicas o jurídicas que fabriquen, introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan, importen, vendan o utilicen cosméticos en el territorio español.
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