Evaluador de Seguridad de Cosméticos

Directrices para la elaboración de Expedientes de Información y Seguridad de los productos cosméticos.


Es esencial que los productos cosméticos disponibles en el mercado de la Unión Europa (UE) sean seguros para la salud humana cuando se aplican en condiciones normales y razonablemente previsibles utilizar. La normativa actual, Reglamento (CE) 1223/2009, exige que, a fin de establecer que un producto cosmético sea seguro en esas condiciones, los productos cosméticos deben someterse a una evaluación de la seguridad.

El operador designado como responsable debe garantizar que para cada producto cosmético que ha de ser puesto en el mercado de la UE, se elabore el correspondiente informe de seguridad del producto cosmético, sobre la base de la correspondiente información y de acuerdo con los requisitos fijados en el anexo I del Reglamento (CE) 1223/2009.

Estas directrices, que ayudarán a las personas responsables en el cumplimiento de sus obligaciones legales, no están destinadas a sustituir el conocimiento y experiencia del evaluador cualificado.


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