Evaluador de Seguridad de Cosméticos
Directrices para la elaboración de Expedientes de Información y Seguridad de los productos cosméticos.
Es esencial que los productos cosméticos disponibles en el
mercado de la Unión Europa (UE) sean seguros para la salud humana cuando se
aplican en condiciones normales y razonablemente previsibles utilizar. La
normativa actual, Reglamento (CE) 1223/2009, exige que, a fin de establecer que
un producto cosmético sea seguro en esas condiciones, los productos cosméticos deben
someterse a una evaluación de la seguridad.
El operador designado como responsable debe garantizar que
para cada producto cosmético que ha de ser puesto en el mercado de la UE, se
elabore el correspondiente informe de seguridad del producto cosmético, sobre
la base de la correspondiente información y de acuerdo con los requisitos fijados
en el anexo I del Reglamento (CE) 1223/2009.
Estas directrices, que ayudarán a las personas responsables
en el cumplimiento de sus obligaciones legales, no están destinadas a sustituir el
conocimiento y experiencia del evaluador cualificado.
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